Ley Trans en España: el feminismo al servicio de los hombres
Con la Ley Trans cualquier persona podrá cambiar su sexo en el registro civil sin ningún requisito, pero los hombres que lo hagan obtendrán beneficios antes adoptados exclusivamente a favor de las mujeres.
Ilustración: Juan Ruiz @Jucaruiz
La aprobación de la Ley Trans ha causado polémica y división en el parlamento español en las últimas semanas. Esta ley, que entró en vigor el 2 de marzo de 2023, promete ser la puerta a una igualdad “real y efectiva” en “pro de las personas trans y para la garantía de los derechos de la comunidad LGTBI”, como lo dice el texto.
El Ministerio de la Igualdad en cabeza de Irene Montero, fue el promotor de esta nueva norma que, entre otras cosas, permitirá el cambio de sexo legal en el registro civil para mayores de 16 años sin necesidad de diagnósticos médicos o psicológicos, y sin tener que modificar el nombre y/o la apariencia a través de procedimientos quirúrgicos. Los menores de 16, incluso, pueden hacerlo sin permiso de sus padres o tutores legales.
“El ejercicio del derecho a la rectificación registral de la mención relativa al sexo en ningún caso podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico relativo a la disconformidad con el sexo mencionado en la inscripción de nacimiento, ni a la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole”, se lee en el artículo 44 de la nueva Ley Trans en España.
Desde que la norma entró en vigor, el registro civil español está al borde del colapso. Según reportan diarios locales, alrededor del 90% de los que han solicitado cambio de sexo son hombres, quienes también podrán participar en competencias deportivas femeninas y, si están privados de la libertad, eventualmente podrían solicitar cambio a cárceles de mujeres bajo la “integración penitenciaria de personas transexuales”, una instrucción general ya establecida desde 2006 que la nueva ley deja en firme.
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“Desde el punto de vista del fraude, esta ley puede dar lugar a claros ejemplos. De hecho, es la impresión que nos ha dado en este tiempo con gran parte de los hombres que han venido a solicitar el cambio. Hasta que esta ley fue aprobada habíamos recibido solicitudes por parte de hombres y mujeres de una manera más o menos equilibrada. Lo de ahora es desorbitado”, le dijo un trabajador del registro civil al medio La Razón España.
Este desbordamiento de solicitudes se suma a la ya elevada estadística de personas en España que venían solicitando cambio de sexo en el Registro Civil. En 2022 hubo 1.300 personas que cambiaron su sexo registral, cinco veces más que hace diez años.
¿De qué se trata la Ley Trans?
De acuerdo con el documento oficial, el objetivo de la ley es “erradicar las situaciones de discriminación, para asegurar que en España se pueda vivir la orientación sexual, la identidad sexual, la expresión de género, las características sexuales y la diversidad familiar con plena libertad”.
Las políticas públicas que promueve esta ley en nombre de la igualdad de personas LGBTI, abarcan el ámbito académico, de familia, infancia, laboral, cultural, medios de comunicación, salud, ocio y deporte, entre otros.
También se creó un nuevo órgano institucional denominado ‘El Consejo de Participación de las Personas LGTBI’, que tiene como finalidad ser el canal entre el gobierno español y todas las medidas de la nueva Ley.
Puntos de controversia
Cambio de identidad: Entre las principales medidas está que, con el motivo único de la voluntad, cualquier persona mayor de 16 años pueda cambiar su identidad en cuanto a nombre y sexo en el Registro Civil. El estatuto anterior exigía al menos dos años bajo tratamiento de hormonación y un diagnóstico médico de disforia de género, condiciones que quedan abolidas bajo esta nueva normativa. Otra de las novedades es que, pasada la solicitud de cambio de mención del sexo, se dará un plazo máximo de tres meses para que la persona confirme su decisión.
Los adolescentes “entre los 14 y 16 podrán presentar la solicitud por sí mismos, asistidos por sus padres o representantes legales. De los 12 a los 14 años también es posible modificar el género con la autorización de un juez”, de acuerdo con el capítulo primero de la ley sobre rectificación registral.
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En el caso en el que los padres se opongan al deseo del menor de cambiarse el sexo en el registro civil, la nueva ley manda a nombrar un defensor judicial que represente al menor en dicho desacuerdo. Para muchos padres de familia, esto supone otra barrera más en la protección contra la imposición de la ideología de género en sus hijos e hijas, y el inicio de batallas judiciales que afectarían sus relaciones de familia y el derecho a ejercer su paternidad o maternidad de manera libre y autónoma.
Cirugías de cambio de género: La nueva legislación ha sido fuertemente cuestionada y tildada de contradictoria y peligrosa, especialmente para las mujeres, niños y jóvenes. El artículo 19, por ejemplo, establece que los niños y adolescentes entre los 12 y 16 años podrán modificar sus genitales, “siempre que, por su edad y madurez, pueda consentir de manera informada a la realización de dichas prácticas”.
Por su parte, los menores de 12 años no podrían someterse a cirugías de cambio de género, “salvo en los casos en que las indicaciones médicas exijan lo contrario, en aras de proteger la salud de la persona”, dice la normativa.
La pregunta es, entonces, si esta intervención irreversible e invasiva en el cuerpo humano, que además puede generar afectaciones severas a largo plazo, puede ser plenamente consentida por un menor, y si en realidad existe alguna circunstancia en la que se “exija para proteger su salud”, como lo indica esta Ley.
«Si los padres se oponen al deseo de que su hijo cambie de sexo en el registro civil, la nueva ley manda a nombrar un defensor judicial».
Deporte: Para el caso del deporte, la nueva ley le ordena a las administraciones públicas promover la práctica deportiva en base al principio de igualdad de trato y no discriminación, mediante “el fomento del respeto a la orientación sexual, identidad sexual, expresión de género y características sexuales de las personas LGTBI en las normas reguladoras de competiciones deportivas”. (Artículo 23, parágrafo A)
En palabras más sencillas, en nombre de la igualdad todos aquellos hombres cuya identidad de género sea mujer, podrán competir en equipos femeninos y viceversa. Lo curioso es que, generalmente, en los últimos años las personas transgénero que resultan compitiendo en equipos del género con el que se identifican, en su mayoría son hombres biológicos que se identifican como “mujeres trans”. Los casos en los que mujeres biológicas que se identifican como “hombres trans” y resultan compitiendo en equipos masculinos, son escasos.
Código Civil: La nueva Ley Trans, en su disposición final primera, modifica el Código Civil de España y elimina los términos «madre» y «padre» en el marco del renombrado lenguaje inclusivo. En sustitución, se estipulan las palabras «progenitor» o «progenitor gestante» y «progenitor no gestante». También desaparecen los títulos de «hombre» y «mujer».
Lo anterior, con el objetivo de incluir a “las parejas de mujeres y parejas de hombres cuando uno de los miembros sea un hombre trans con capacidad de gestar”, en procedimientos como el parentesco fuera del matrimonio.
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Matrimonio: Con la entrada en vigor de la Ley Trans, también se modifica el matrimonio tal y como estaba estipulado anteriormente en el artículo 44 del código civil: «El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código». Ahora, «toda persona tiene derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código».
De igual manera, las lesbianas, bisexuales y trans con útero (mujeres biológicas) podrán acceder a técnicas de reproducción asistida y también podrán inscribir a sus hijos sin necesidad de estar casadas.
La nueva Ley Trans elimina del código civil las palabras «madre» «padre» «hombre» y «mujer»
Espacios públicos: A pesar de que esta ley fue promovida por la feminista Irene Montero, cabeza del Ministerio de la Igualdad, muchas organizaciones de mujeres, incluidos movimientos del feminismo clásico, han criticado las medidas impuestas en la nueva norma por la falta de medidas contra el fraude.
Consideran que la libre autodeterminación en la identidad civil puede ser utilizada no solo para tomar ventaja injusta en el ámbito deportivo, sino como forma de concurrir a los lugares públicos reservados para mujeres, como vestidores y baños femeninos, por parte de hombres que han modificado su género en el registro civil sin transicionar, cambiar de apariencia o nombre.
Educación: Todas las administraciones educativas (jardínes, escuelas, colegios, institutos técnicos y universidades) tienen ahora la obligación de fomentar “el respeto a la diversidad sexual, de género y familiar» e incluirla en los materiales didácticos escolares. También deben introducir referentes «positivos LGTBI» en los mismos, «de manera natural, respetuosa y transversal, en todos los niveles de estudios”, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley Trans.
Asimismo, resulta importante mencionar que dichos contenidos relativos al tratamiento de la diversidad sexual serán, de ahora en adelante en España, uno de los aspectos que se evaluarán dentro de las pruebas para los procesos de selección de docentes e, incluso, para la “selección del personal director de los centros públicos”. Es decir, la selección de docentes y directivos en todos los centros educativos estará condicionada, en parte, al tratamiento que dichos profesionales le den a la llamada diversidad sexual, de género y familiar. (Artículo 20)
Para todos aquellos estudiantes universitarios que estén cursando carreras docentes, sanitarias y jurídicas, la nueva normativa del Ministerio de la Igualdad exige a las universidades introducir contenidos de capacitación para abordar dicha diversidad (ideología de género) dentro de los planes de estudio.
Más dudas que celebraciones
Quienes cuestionan la norma, consideran que esta carece de acompañamiento psicológico y que hay aspectos no especificados y vacíos, como el hecho de que no queda claro si es el Gobierno central o los regionales quienes deberían asumir el gasto de la implementación de dicha ley, puesto que la mayoría de gobiernos autonómicos tienen sus propias leyes de transexualidad.
Para otros, aunque la ley busca una igualdad “real y efectiva”, lo que hace en últimas es homogeneizar y no le apuesta a la colectivización o separación por condición, lo que generaría más desigualdad y discriminación.
Un ejemplo de lo anterior es que los mismos delitos tipificados tienen consecuencias y protocolos de actuación distintos dependiendo si el sujeto pasivo o activo es hombre o mujer. Es decir, las consecuencias son diferentes dependiendo del género, razón que, entre otras, explicaría la cantidad exorbitante de hombres solicitando cambiar de género en el registro civil.
Preocupa también que bajo el paraguas de la «transfobia», como lo denunció el medio digital The Objective, las mal llamadas terapias de conversión –que en muchos casos son ayudas para quienes se hayan arrepentido de su transición y quieran re identificarse con su género biológico– serán castigadas con severidad de ahora en adelante.
“La promoción o la práctica de terapias físicas, psicológicas o farmacológicas destinadas a modificar la orientación o la identidad sexual o la expresión de género” serán fuertemente castigadas, independientemente del consentimiento que pudieran haber prestado las mismas personas o sus representantes legales”, se lee en la Ley.
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También será considerada como una infracción muy grave “la difusión en centros educativos de libros de texto y materiales didácticos que presenten a las personas como superiores o inferiores en dignidad humana en función de su orientación e identidad sexual”. Esto, dice el periodista Marcos Ondarra, “podría suponer que quienes enseñen que sólo existen dos sexos biológicos, inmutables, podrían ser demandados por «transfóbos»”.
Los más beneficiados con la Ley Trans: los hombres
Aunque cualquier persona podrá cambiar su sexo en el registro civil sin ningun tipo de requisito, los hombres biológicos que lo hagan obtendrán beneficios antes adoptados exclusivamente a favor de las mujeres (Artículo 46). Estos son algunos de ellos, recopilados por el medio digital Fuentes Informadas de España:
- Tener derecho a incentivos por ser contratado como mujer, en vez de como hombre.
- Tener derecho a ayudas al emprendimiento a las que los hombres no tienen acceso, pero ahora, al ser mujer, sí lo tendrán.
- Tener derecho de acceso al empleo público con pruebas físicas más bajas por ser considerados ahora como mujeres.
- Tener derecho a no poder ser denunciado por violencia de género, evitando así no ser tratado de forma diferente en un Juzgado especial de violencia de género.
- Poder tener ayuda si se sufre violencia por parte de la pareja en la línea de teléfono especial para mujeres 016, que antes no se tenía por ser hombre.
- Tener derecho a elegir que el autobús nocturno en el que se viaja pare a solicitud propia para llegar a casa más segura, ahora que se es mujer.
- Tener derecho a todas las ventajas que como mujer se adquieren gracias al Pacto de Estado contra la violencia de género.
- Tener derecho a percibir cuantiosas ayudas y subvenciones si se crea una asociación de mujeres trans.
- Tener derecho a que en un juicio penal la palabra tenga más valor que la de la persona que se denuncie por ser mujer, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por el Tribunal Supremo.
- Tener derecho a recibir ayudas de hasta el 75% para financiar una película o un documental.
- Tener derecho a pruebas más fáciles que las de los hombres en el acceso a trabajos, como por ejemplo de bombero, policía, etc.
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